sábado, 3 de diciembre de 2011

Un juez rebaja la pena a un maltratador porque los dientes que rompió a su pareja eran una prótesis

El fiscal de la Audiencia de Alicante ha disminuido la pena, de 5 a 3 años de cárcel, a un hombre que rompió tres incisivos a su pareja de un puñetazo. La rebaja en la condena se debe a que los dientes de la víctima no eran piezas originales sino una prótesis dental.  El atenuante, se ha aplicado tras el informe del médico forense, quien  ha explicado que aunque existió lesión, la mujer ya sufría un menoscabo estético anterior derivado de la sustitución de sus piezas dentales por unas artificiales.

Los hechos ocurrieron en agosto de 2009 en el domicilio que entonces compartía la pajera. Según el relato de los hechos, la mujer regresó a la casa, donde le esperaba el agresor en estado nervioso y con el móvil en la mano.

El hombre recriminó a la mujer que había visto en el móvil varias llamadas de un amigo de ésta y acto seguido le propinó un puñetazo en la boca. La víctima logró escapar y llegó hasta el cuartel de la Guardia Civil.

En la vista oral, el acusado, que ya había sido condenado en 2006 por otro delito de violencia machista, se ha negado a declarar ante el tribunal que lo ha juzgado. No obstante, en la fase de instrucción sí reconoció los hechos y dijo que golpeó con el revés de la mano a la mujer.

Código Penal: Artículos 147.1 y 148.4

  • 147.1 El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado como reo de delito de lesiones con la pena de prisión de seis meses a tres años, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o tratamiento facultativo del curso de la lesión no se considera tratamiento médico.
  • 148.4 Si la víctima fuera o hubiese sido esposa o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, pena de prisión de dos a cinco años.
Fuentes: